Este jueves, oficializaron las normas del plan de coberturas de gastos médicos para viajeros internacionales y contra pérdida, hurto o robo del equipaje, de acuerdo a la información publicada en Gaceta Oficial del 4 de diciembre de 2013.
Dicha resolución fue emitida por el Ministerio del Poder Popular para el Turismo en su resolución Nº105, indicando que los prestadores de servicios de transporte aéreo internacional deben incluir el monto correspondiente a un plan de cobertura en el costo de los boletos, el cual deberá durar 45 días como fecha máxima.
Asimismo, contempla que las agencias de viaje y las aerolíneas deben avisar al pasajero acerca del recargo de dicho plan de cobertura al momento de la adquisición del boleto.
Con respecto al servicio prestado por las empresas de transporte acuático y terrestre, esta cuota deberá ser cancelada en taquillas dispuestas en los terminales.
“Este plan ha sido creado por la necesidad del Estado de velar y proteger los derechos e intereses de los ciudadanos que se encuentren dentro y fuera del territorio nacional”, así como la búsqueda del fortalecimiento de las actividades turísticas en el país.
Fuente: Noticias 24
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